Partes:
ROBERTO HERNANDEZ RODRIGUEZ V. COLEGIO DE OPTOMETRAS DE P.R. V. ERIC GUZMAN FLORES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2001-0490
Año:
2002
Fecha:
24 de diciembre de 2002
Este documento contiene una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso CC-2001-490. La controversia surgió a raíz de la descalificación de Eric Guzmán Flores como candidato a la presidencia del Colegio de Optómetras de Puerto Rico. La descalificación se fundamentó en una alegada violación del Código de Ética del Colegio por trabajar para corporaciones privadas. Roberto Hernández Rodríguez, otro candidato, inició un recurso de mandamus relacionado con el proceso electoral. El Tribunal Supremo se avocó a evaluar la validez del Código de Ética utilizado por el Colegio. La corte determinó que dicho Código carece de eficacia legal. Esto se debe a que no fue aprobado conforme al procedimiento de notificación y comentarios establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. Por consiguiente, el Tribunal resolvió que el Código de Ética del Colegio de Optómetras de Puerto Rico no es válido.
| Roberto Hernández Rodríguez |
|---|
| Demandante-Recurrido |
| V. |
| Colegio de Optómetras de |
| Puerto Rico |
| Demandado-Recurrido |
| Eric Guzmán Flores |
| Interventor-Peticionario |
Número del Caso: CC-2001-490 Fecha: 24/junio/2002 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon. Gilberto Gierbolini
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Victor P. Miranda Corrada Abogados de la Parte Demandante-Recurrido: Lcdo. Ariel O. Caro Pérez Lcdo. Arnaldo Castro Callejo Abogado de la Parte Demandado-Recurrido: Lcdo. Miguel González Vargas Abogados de Pearle Visi...
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