Partes:
PEDRO J. MUÑIZ V. ADMINISTRADORDEL DEPORTE HIPICO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2000-792
Año:
2002
Fecha:
1 de agosto de 2001
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso de Pedro J. Muñiz contra el Administrador del Deporte Hípico. La controversia principal gira en torno a la prohibición impuesta al dueño de un caballo de carreras para nombrarlo "PAZPARAVIEQUES". El Administrador denegó el nombre basándose en el Artículo 1143(1) del Reglamento Hípico, que prohíbe nombres considerados "de propaganda". Esta decisión fue confirmada por la Junta Hípica, que interpretó el nombre como relacionado con un "movimiento político partidista". El Tribunal Supremo debe determinar si el Estado tenía fundamentos legales adecuados para prohibir dicho nombre bajo la normativa hípica. El caso examina la interpretación del término "propaganda" en el contexto del reglamento aplicable a la industria hípica.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| Pedro J. Muñiz Peticionario | Certiorari |
|---|---|
| v. | 2002 TSPR 2 |
| Administrador del Deporte Hípico Recurrido | 155 DPR |
Número del Caso: CC-2000-792
Fecha: 8/enero/2002
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Panel integrado por su Presidente, Juez Arbona Lago y los Jueces Cordero y González Rivera
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Juan M. Rivera González Lcdo. Darcy R. Brum Arrieta
Abogado de la Parte Recurida: Lcdo. Julio A. Marrero Orsini
Abogada de la Junta Hípica: Lcda. Amanda Acevedo Rhodes...
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