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Casos/Tribunal Supremo/CC-2000-0543

EDGARDO LLORENS QUIÑONES V. PEDRO PIERLUISI

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

EDGARDO LLORENS QUIÑONES V. PEDRO PIERLUISI

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

CC-2000-0543

Año:

2000

Fecha:

26 de diciembre de 2000

Resumen

Este caso de certiorari ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico examina la prueba de la fecha de envío por correo de una notificación judicial a efectos del cómputo de términos procesales. La controversia surge de una reclamación de daños desestimada por prescripción, cuya notificación de sentencia fue archivada el 5 de noviembre de 1999. El peticionario presentó recursos posteriores que fueron desestimados por los foros inferiores por tardíos, calculando los términos desde la fecha de archivo. El peticionario intentó probar una fecha de envío posterior con un sobre matasellado, pero esta prueba fue rechazada por el Tribunal de Apelaciones. El Tribunal Supremo considera el efecto de dicha prueba y la posible aceptación de la parte contraria sobre el desfase entre el archivo y el envío por correo. Se resalta la dificultad histórica para probar la fecha exacta de envío debido a la falta de registros oficiales en las secretarías judiciales. La decisión subraya la importancia de la simultaneidad entre el archivo y el envío de notificaciones. Se hace referencia a la necesidad de que los tribunales mantengan récords precisos de las fechas de envío para evitar disputas sobre el inicio de los términos. El caso busca clarificar cómo manejar estas situaciones probatorias bajo la Regla 46 de Procedimiento Civil.

Contenido del Caso

Edgardo Llorens Quiñones etc
Demandante-Peticionario
V.
Pedro Pierluisi, Secretario de Justicia de Puerto
Rico etc.
Demandado-Recurrido
Certiorari
2000 TSPR 138

Número del Caso: CC-2000-0543 Fecha: 26/09/2000 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional V Juez Ponente: Hon. Rivera Pérez Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Raúl Santiago Meléndez Oficina del Procurador General: Lcda. Leticia Casalduc Rabell Procuradora General Auxiliar Departamento de Justicia: Lcda. Mónica Rodríguez Madrigal Materia: Daños y Perjuicios

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