Partes:
NARCISO E. MATOS NAZARIO V. AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACION Y OTRO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2000-0509
Año:
2001
Fecha:
23 de diciembre de 2001
La controversia principal aborda la aplicación de la Ley Núm. 12 de 1953 sobre transferencia de licencias a empleados gubernamentales que obtienen licencia sin sueldo para prestar servicios en otra agencia. Se cuestiona si la ley aplica y, de ser así, cuál agencia es responsable del pago del exceso de licencias por vacaciones y enfermedad acumuladas. El Tribunal Supremo determina que las disposiciones de la Ley Núm. 12 sí aplican a estas situaciones de licencia sin sueldo entre agencias. La agencia que recibe al empleado debe aceptar la transferencia del balance de licencias acumuladas en su empleo original, hasta el límite legal. Al concluir la licencia y reingresar al puesto original, se transfiere el balance acumulado en la segunda agencia, también sujeto al límite máximo. Se resuelve que la agencia donde el empleado prestó servicios bajo la licencia sin sueldo es la responsable de satisfacer el pago por el exceso de licencias acumuladas durante ese período. Esto aplica incluso si dicha agencia no contaba con reglamentación específica para el pago de dicho exceso. El caso particular involucra a un ingeniero de la Autoridad de Carreteras que trabajó en la Administración de Facilidades y Servicios de Salud bajo licencia sin sueldo.
| Narciso E. Matos Nazario Demandante-Recurrido | |
|---|---|
| v. | Certiorari |
| Autoridad de Carreteras y Transportación; Administración de Facilidades y Servicios de Salud Demandados-Peticionario el último | 2001 TSPR 57 |
Número del Caso: CC-2000-509 Fecha: 23/abril/2001 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon. Liana Fiol Matta Abogado de la Administración de Facilidades y Servicios de Salud: Hon. Procurador General Abogado de la Autoridad de Carreteras y Transportación: Lcdo. Moisés Avila Sánchez
Abogada del Departamento de Sal...
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