Partes:
EL PUEBLO DE P.R. V. ABRAHAM SIERRA FIGUEROA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-2000-0485
Año:
2002
Fecha:
28 de diciembre de 2002
Este documento recoge la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Abraham Sierra Figueroa, un recurso de Certiorari relacionado con el Artículo 105 del Código Penal (actos lascivos o impúdicos). La Sentencia, fechada el 28 de junio de 2002, indica que el Tribunal se encontró igualmente dividido. Debido a la inhibición de un Juez Asociado, la votación resultó en un empate. Como consecuencia de esta división, la sentencia recurrida fue confirmada. El Juez Asociado señor Hernández Denton emitió una Opinión Disidente, a la cual se unieron otros dos Jueces. La opinión disidente argumenta que la decisión prevaleciente es jurídicamente incorrecta al no contar con el favor mayoritario del Tribunal. El disenso se centra en la evaluación de la admisibilidad en evidencia de ciertas expresiones de la menor alegada víctima del delito.
| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido | Certiorari |
|---|---|
| v. | 2002 TSPR 101 |
| Abraham Sierra Figueroa Peticionario | 157 DPR |
Número del Caso: CC-2000-485
Fecha: 28/junio/2002
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional VII
Juez Ponente: Hon. José L. Miranda de Hostos
Oficina del Procurador General: Lcdo. Miguel A. Santana Bagur Procurador General Auxiliar
Abogadas de la Parte Peticionaria: Lcda. Ada E. Sánchez Sánchez Lcda. Ana Esther Andrade Rivera
Materia: Art. 105 del Código Penal
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supre...
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