Partes:
JAIME L. CASTRO GRACIA Y OTRO V. DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DE P.R.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-1999-705
Año:
2001
Fecha:
23 de diciembre de 2001
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico emitida el 23 de enero de 2001. Se propone dilucidar la aplicación de la Ley Núm. 9 de 26 de noviembre de 1975 (32 L.P.R.A. 3085). La ley se examina en el contexto de asambleístas municipales ejerciendo su voto sobre ordenanzas. El caso específico involucra a los Hon. Jaime L. Castro Gracia y Hon. Carlos Cabán Nieves, asambleístas del Municipio de Aguada. El conflicto se origina en la aprobación de la Ordenanza Núm. 31, serie 1997-98, por la Asamblea Municipal de Aguada. Dicha ordenanza reglamentaba la extracción de arena dentro del municipio. La ordenanza imponía varios requisitos, incluyendo una fianza de un millón de dólares. Una empresa propietaria de terrenos en Aguada, Cordeco Northwest Corp., presentó una demanda en el tribunal federal contra los asambleístas debido a esta ordenanza. El Tribunal Supremo analiza cómo la Ley 9 debe aplicarse a la actuación de los asambleístas en relación con la aprobación de dicha ordenanza. La opinión es emitida por el Juez Asociado señor FUSTER BERLINGERI.
| Hon. Jaime L. Castro Gracia: | |
|---|---|
| Hon. Carlos Cabán Nieves | |
| Demandantes-Peticionarios | Certiorari |
| v. | 2001 TSPR 9 |
| Departamento de Justicia de P.R. y | |
| José Fuentes Agostini | |
| Demandados-Recurridos |
Número del Caso: CC-1999-705 Fecha: 23/enero/2001 Tribunal de Circuito de Apelaciones:
Juez Ponente:
Hon. Roberto L. Córdova Arone Abogado de la Parte Peticionaria:
Lcdo. Carlos L. Lorenzo Oficina del Procurador General:
Lcdo. Héctor Clemente Delgado Lcda. Rose Mary Corchado Lorent
Materia: Denegatoria a los Beneficios de...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito