Partes:
ANGEL L. ORTIZ Y OTROS V. MUNICIPIO DE LAJAS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-1999-0630
Año:
2001
Fecha:
30 de diciembre de 2001
El Tribunal Supremo de Puerto Rico examinó si un municipio debe pagar honorarios de abogado tras despedir ilegalmente a empleados bajo el Sistema de Personal de la Ley de Municipios Autónomos. Los empleados, Angel L. Ortiz y otros, solicitaron honorarios tras lograr la revocación de su despido y el pago de beneficios dejados de percibir. La cuestión central era la aplicabilidad de la Ley de Reclamaciones Laborales y la Regla 44.1 de Procedimiento Civil para imponer dichos honorarios al Municipio de Lajas. El Tribunal determinó que el Sistema de Personal municipal no constituye legislación laboral, excluyendo la aplicación de la Ley de Reclamaciones Laborales para este fin. Además, concluyó que la Regla 44.1 no permite la imposición de honorarios contra municipios en casos de daños y perjuicios, dado que están exentos. En consecuencia, el Tribunal Supremo confirmó la decisión del Tribunal de Circuito de Apelaciones que denegó la imposición de honorarios de abogado.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| Angel L. Ortiz y otros |
|---|
| Demandantes-Peticionarios |
| Municipio de Lajas |
| Demandado-Recurrido |
Número del Caso: CC-1999-630 Fecha: 30/marzo/2001 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I Juez Ponente:
Abogado de la Parte Peticionaria:
Mon. José M. Aponte Jiménez Lcdo. Noel Pacheco Fraticelli Lcdo. Nasser A. Taha Montalvo
Abogado de la Parte Recurrida:
Materia: Revisión Administrativa
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