Partes:
PUEBLO V JOSE A MORALES – PET. MARIA DE LOS A COLOM BAEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-1999-0336
Año:
2000
Fecha:
21 de diciembre de 2000
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una opinión sobre la designación de abogados de oficio en casos penales. La designación se rige por un reglamento aprobado en 1998, basado en la obligación constitucional de proveer defensa a indigentes. En la Región Judicial de Fajardo, se realizó un sorteo público en octubre de 1998 para crear una lista de asignación. La abogada María de los A. Colom Báez no estaba en la lista inicial ni participó en el sorteo. Una orden administrativa enmendada en marzo de 1999 la incluyó por primera vez en la lista de asignación. Posteriormente, se le notificó su designación como abogada de oficio en varios casos criminales. La Lcda. Colom Báez presentó una moción solicitando ser relevada de la representación. Alegó reparos éticos y profesionales, fundamentados en su falta de experiencia previa en la defensa de personas en procedimientos penales. Este caso llegó al Tribunal Supremo mediante un recurso de certiorari.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Certiorari | |
| v. | 2000 TSPR 9 |
| José A. Morales Imputado | |
| María de los A. Colom Báez Peticionaria | |
| Ex Parte |
Número del Caso: CC-1999-0336 Fecha: 21/01/2000 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional VII Juez Ponente: Hon. José L. Miranda de Hostos Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Luis R. Lugo Emanuelli Oficina del Procurador General: Hon. Procurador General
Materia:
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso ...
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