Partes:
ASOCIACION DE CONDOMINES CONDOMINIO BALCONES DE SANTA MARIA V. LOS FRAILES S.E.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-1997-736
Año:
2001
Fecha:
21 de diciembre de 2001
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico (CC-1997-736) trata sobre la responsabilidad del titular original y administrador interino de un condominio, Los Frailes, S.E., por el pago de las cuotas de mantenimiento de las unidades no vendidas. La controversia principal gira en torno a la fecha en que surge esta obligación. El Tribunal de Circuito de Apelaciones determinó que la obligación nace desde la fecha en que el inmueble es sometido al Régimen de Propiedad Horizontal. Esto implica que el desarrollador es responsable por las cuotas de los apartamentos que aún posee, incluso si no están físicamente construidos o individualizados. Los Frailes recurre esta decisión, argumentando que pagó las cuotas desde la fecha en que se emitieron los permisos de uso para cada apartamento. El condominio Balcones de Santa María fue sometido al régimen en diciembre de 1989, mientras la construcción y los permisos de uso progresaron hasta mayo de 1991. La Asociación de Condómines busca que Los Frailes pague las cuotas correspondientes al período desde la inscripción del régimen hasta la venta de cada unidad. El Tribunal Supremo revisa la interpretación del Tribunal de Circuito sobre el inicio de la obligación de pago de gastos comunes para el titular original bajo el Régimen de Propiedad Horizontal.
| Asociación de Condómines Condominio Balcones de Santa María Demandante-Recurrida v. Los Frailes, S.E. et al. Demandada-Peticionaria | Certiorari 2001 TSPR 116 154 DPR |
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Número del Caso: CC-1997-736
Fecha: 21/agosto/2001
Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I
Juez Ponente: Hon. Ramos Buonomo
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Eduardo A. Betancourt
Abogado de la Parte Recurrida: Lcdo. Ricardo Collazo Suarez
Materia:
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios ...
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