Partes:
EDUARDO HUERTAS ALICEA V. COMPANIA FOMENTO RECREATIVO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
CC-1996-425
Año:
1998
Fecha:
4 de diciembre de 1998
Este caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda si la Compañía de Fomento Recreativo es una agencia gubernamental que opera como negocio privado bajo la Ley 100. Dicha ley prohíbe el discrimen en el empleo, incluyendo por ideas políticas. El peticionario, Eduardo Huertas Alicea, alegó que su traslado de puesto fue motivado por discriminación política. El Tribunal de Primera Instancia encontró que hubo discrimen y ordenó su reposición. Sin embargo, el Tribunal de Circuito de Apelaciones revocó esta decisión. El Tribunal Supremo examinó si la Compañía de Fomento Recreativo cumplía con la definición de patrono bajo la Ley 100. Concluyó que sí opera como una agencia gubernamental con características de negocio privado. Por tanto, el Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Circuito de Apelaciones. Confirmó la determinación del Tribunal de Primera Instancia sobre el discrimen. Finalmente, ordenó la reposición del Sr. Huertas Alicea a su puesto original.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| Eduardo Huertas Alicea etc. Peticionarios | Certiorari |
|---|---|
| V. | 98TSPR147 |
| Compañía de Fomento Recreativo etc. Recurridos |
Número del Caso: CC-96-0425 Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Sixto Pabón García Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Eliezer Aldarondo Ortiz Lcda. Isabel López Bras Lcdo. Cláudio Aliff Ortiz Lcdo. Antonio Adrover Robles Tribunal de Instancia: Superior de Guayama Juez del Tribunal de Primera Instancia: Hon. Ramón Orta Berríos Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional VI Juez Ponente: ...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito