Partes:
El Pueblo v. Nelson Daniel Centeno
Ponente:
Hon. Kolthoff Caraballo
Materia:
Derecho Constitucional y Procedimiento Criminal – Solo es válida la instrucción que explique al Jurado que tanto el veredicto de culpabilidad como el de no culpabilidad debe ser unánime.
Número de Caso:
AC-2021-86
Año:
2021
Fecha:
9 de septiembre de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico aborda la validez de las instrucciones al jurado sobre el requisito de unanimidad para los veredictos. La controversia surge en un caso criminal donde se debatió si tanto el veredicto de culpabilidad como el de no culpabilidad debían ser unánimes. El Ministerio Público solicitó una instrucción que exigiera unanimidad para ambos resultados, mientras la defensa argumentó que solo la culpabilidad requería unanimidad, permitiendo una mayoría para la no culpabilidad. El Tribunal examina la aplicación de los principios de unanimidad tras las decisiones en Ramos v. Louisiana y Pueblo v. Torres Rivera. La opinión emitida por el Juez Asociado Kolthoff Caraballo resuelve la cuestión. Se determina que solo es válida la instrucción que aclare al Jurado que tanto el veredicto de culpabilidad como el de no culpabilidad deben ser unánimes. Esta decisión establece el estándar de unanimidad para todos los veredictos del jurado en casos criminales en Puerto Rico.
Número del Caso: AC-2021-86
Fecha: 9 de septiembre de 2021
Tribunal de Apelaciones: Panel X
Oficina del Procurador General:
Lcdo. Fernando Figueroa Santiago Procurador General Lcdo. Javier O. Sepúlveda Rodríguez Subprocurador General Lcdo. Omar Andino Figueroa Subprocurador General Lcda. Liza M. Delgado González Procuradora General Auxiliar
Sociedad para Asistencia Legal Abogado de la parte recurrida: Lcdo. Luis A. Gutiérrez Marcano
Materia: Derecho Constitucional y Procedimiento Criminal - Solo es válida la instrucción que explique al Jurado que tanto el veredicto de culpabilidad como...
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