Partes:
El Pueblo de Puerto Rico v. Casellas Toro
Ponente:
Hon. Martínez Torres
Materia:
Derecho Constitucional y Procedimiento Penal: Reiteración de lo resuelto en Pueblo v. Sánchez Valle, 192 DPR 594 (2015). En los tribunales territoriales de Puerto Rico es válido un veredicto de culpabilidad en el que concurran, como mínimo, nueve miembros del jurado, conforme el Art. II, Sec. 11 de la Constitución de Puerto Rico
Número de Caso:
AC-2016-6
Año:
2017
Fecha:
25 de abril de 2017
El Tribunal Supremo de Puerto Rico abordó la cuestión de si los veredictos de culpabilidad en los tribunales territoriales de la isla deben ser unánimes. La controversia surgió en la apelación de Pablo José Casellas Toro, condenado por delitos graves mediante un veredicto de jurado de 11 a 1. El Tribunal de Apelaciones había considerado este punto tras las decisiones en Pueblo v. Sánchez Valle. El Supremo rechazó la interpretación de que esos casos federales o locales impongan el requisito de unanimidad en Puerto Rico. Sostuvo que la unanimidad en veredictos condenatorios no constituye un derecho fundamental aplicable al territorio. Reafirmó la validez de veredictos con la concurrencia de al menos nueve miembros del jurado, según la Constitución de Puerto Rico. En consecuencia, revocó la determinación del Tribunal de Apelaciones sobre este asunto. El caso fue devuelto al foro apelativo para que evaluara los restantes señalamientos de error del apelado.
| El Pueblo de Puerto Rico | |
|---|---|
| Apelante | |
| 2017 TSPR 63 | |
| Pablo José Casellas Toro | 197 DPR |
| Apelado |
Número del Caso: AC-2016-6
Fecha: 25 de abril de 2017
Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón.
Oficina del Procurador General: Lcdo. Luis Román Negrón Procurador General Lcdo. Isaias Sánchez Báez Subprocurador General
Abogados de la Parte Recurrida: Lcdo. Arturo Negrón García Lcdo. Juan R. Acevedo Cruz Lcdo. Harry Padilla Martínez
Materia: Derecho Constitucional y Procedimiento Penal: Reiteración de lo resuelto en Pueblo v. Sánchez Valle, 192...
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