Partes:
Ríos Martínez y otros v. Comisión Local de Elecciones de Villalba
Ponente:
Hon. Feliberti Cintrón
Materia:
Ley electoral – Término para solicitar revisión judicial de determinaciones de la Comisión Local de Elecciones en cuanto a recusaciones por razón de domicilio
Número de Caso:
AC-2016-101
Año:
2016
Fecha:
24 de agosto de 2016
Este documento es una opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico que aborda la interpretación de la Ley Electoral. El Tribunal busca aclarar el término para solicitar la revisión judicial de las determinaciones de las Comisiones Locales de Elecciones sobre recusaciones por razón de domicilio. Se discute la naturaleza y el método para computar dicho término, ante posibles ambigüedades o incompatibilidades en la ley. El caso específico surge de la desestimación de 242 recusaciones por la Comisión Local de Villalba, notificada verbalmente el 18 de mayo de 2016. La apelación fue presentada el 31 de mayo de 2016. El Tribunal de Primera Instancia desestimó el recurso por entender que se presentó fuera del término jurisdiccional de 24 horas, según el Artículo 4.001 de la Ley Electoral, aplicable a eventos primaristas. La opinión del Tribunal Supremo resolverá la incertidumbre sobre el término correcto para este tipo de impugnaciones.
| Jaime Luis Ríos Martínez, | |
|---|---|
| Comisionado Electoral Alterno | |
| Partido Nuevo Progresista, Comisión | |
| Local, Precinto 065 Villalba, Puerto | |
| Rico | |
| Apelado | |
| 2016 TSPR 188 | |
| v. | 196 DPR |
| Comisión Local de Elecciones de | |
| Villalba, Precinto 065 | |
| Apelante |
Número del Caso: AC-2016-101
Fecha: 24 de agosto de 2016
Tribunal de Apelaciones: Panel Especial, Panel III
Abogado de la parte peticionaria: Lcdo. Humberto Xavier Berríos Ortiz
Abogado de la parte recurrida: Lcdo. Hamed G. Santaella Carlo
Materia: Ley electoral - Término ...
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