Partes:
Alcalde Gobierno Municipal de Guayama v. ELA de Puerto Rico
Ponente:
Hon. Estrella Martínez
Materia:
Municipios – Exención conferida por la Ley de Municipios Autónomos para el pago de contribuciones
Número de Caso:
AC-2014-67
Año:
2015
Fecha:
26 de febrero de 2015
El caso ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico involucra al Municipio de Guayama y al Departamento de Hacienda. Se plantea la cuestión de si los municipios están obligados a agotar el procedimiento administrativo de Hacienda para impugnar supuestas deficiencias contributivas. Hacienda notificó al Municipio de Guayama deficiencias relacionadas con actividades en su teatro municipal. El Municipio acudió al Tribunal de Primera Instancia solicitando una sentencia declaratoria, argumentando su exención contributiva bajo la Ley de Municipios Autónomos. Hacienda solicitó la desestimación, alegando que el Municipio debía seguir el proceso administrativo. El Tribunal Supremo determinó que la Ley de Municipios Autónomos releva a los municipios del pago de contribuciones. Por lo tanto, los municipios no son contribuyentes sujetos a los procesos del Código de Rentas Internas para impugnar deficiencias. La sentencia declaratoria solicitada por el Municipio de Guayama procedía.
| Alcalde Gobierno Municipal de Guayama | |
|---|---|
| Peticionario | 2015 TSPR 16 |
| v. | 192 DPR |
| ELA de Puerto Rico | |
| Recurrido |
Número del Caso: AC-2014-67
Fecha: 26 de febrero de 2015
Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. José M. Colón Pérez
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Margarita Mercado Echegaray Procuradora General Lcda. María C. Umpierre Marchand Procuradora General Auxiliar
Materia: Municipios - Exención conferida por la Ley de Municipios Autónomos para el pago de Contribuciones-
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