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Casos/Tribunal Supremo/AC-2014-31

Santiago Nieves v. Braulio Agosto Motors, Inc. et al.

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

Santiago Nieves v. Braulio Agosto Motors, Inc. et al.

Ponente:

Hon. Martínez Torres

Materia:

Derecho Laboral: Alcance de la Ley Núm. 115-1991. No disponibilidad de una acción independiente del empleado agraviado contra el agente del patrono que ejecutó los actos de represalia.

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AC-2014-31

Año:

2017

Fecha:

14 de febrero de 2017

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión (TSPR 24, 2017) para aclarar el alcance de la Ley Núm. 115-1991 sobre represalias laborales. La controversia central era si esta ley permite una acción independiente contra los agentes del patrono que ejecutaron los actos de represalia. El caso surgió de una querella presentada por un empleado contra su patrono y sus dueños/oficiales, alegando represalias tras cooperar con una auditoría de Hacienda. El Tribunal interpretó que la mención de "agentes" en la definición de "patrono" en la Ley 115-1991 tiene el propósito exclusivo de reconocer la responsabilidad vicaria del patrono. No se extiende a crear una causa de acción directa contra dichos agentes en su carácter personal. La decisión precisa que el objetivo de la ley es que los empleados agraviados tengan una causa de acción contra el patrono. Por tanto, la Ley 115-1991 no contempla la imposición de responsabilidad personal sobre los agentes del patrono por los actos proscritos.

Contenido del Caso

Héctor L. Santiago Nieves
PeticionarioCertiorari
v.2017 TSPR 24
Braulio Agosto Motors, Inc. et
al.
197 DPR
Recurridos

Número del Caso: AC-2014-31

Fecha: 14 de febrero de 2017

Tribunal de Apelaciones: Región Judicial de Bayamón

Abogado de la Parte Peticionaria: Lcdo. Manuel Porro-Vizcarra Lcda. Myrmarie Laborde Vega

Abogado de la Parte Recurrido: Lcda. María Eugenia Santori Aymat Lcda. Debbie E. Rivera Rivera

Materia: Derecho Laboral: Alcance de la Ley Núm. 115-1991. No disponibilidad de una acción independiente del empleado agraviado c...

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