Partes:
HECTOR ALLENDE PEREZ V. AGUSTIN GARCIA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AC-1999-0021
Año:
2000
Fecha:
28 de diciembre de 2000
Opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso AC-1999-0021, sobre daños y perjuicios. El litigio involucra a Héctor Allende Pérez, ex-empleado de la Puerto Rico Telephone Company (PRTC), cesanteado en 1995. Allende Pérez se acogió a un procedimiento de quiebra bajo el Capítulo 7 en 1996, con nombramiento de síndico y posterior descarga. Tras la descarga, presentó una demanda contra PRTC y otros, alegando despido discriminatorio por edad, sexo e ideas políticas. Los demandados argumentaron que Allende Pérez carecía de legitimación activa para demandar. Alegaron que la causa de acción por discrimen era un activo del caudal en quiebra y solo el síndico podía ejercerla. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación, indicando que el síndico podía intervenir. La opinión del Tribunal Supremo, emitida por el Juez Asociado Rebollo López, resuelve la apelación sobre esta controversia procesal. El punto central es la legitimación del demandante para perseguir una causa de acción preexistente tras haber pasado por un proceso de quiebra.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| Héctor Allende Pérez y otros Apelantes | Apelación |
|---|---|
| v. | 2000 TSPR 66 |
| Agustín García y otros | |
| Apelados |
Número del Caso: AC-1999-0021 Fecha: 28/04/2000 Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional IV Juez Ponente: Hon. Rodríguez García, J. Abogados de la Parte Apelante: Lcdo. Luis A. Fernández Domenech Abogada de la Parte Apelada: Lcda. Damaris M. Hernández Cruz Abogados de la Puerto Rico Telephone Co.: García & Fernández Lcdo. Enrique R. Adames Soto Lcdo. Juan Diego García Chamarro Abogada del Departament...
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