Partes:
In re: José E. Santiago Maldonado
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata por el término de tres (3) meses del ejercicio de la abogacía por infringir los Cánones 18, 19, 20, 23 y 25 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
AB-2023-0210
Año:
2024
Fecha:
14 de noviembre de 2024
Este documento es una decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso disciplinario AB-2023-0210 contra el Lcdo. José E. Santiago Maldonado. El Tribunal ejerce su facultad disciplinaria y ordena la suspensión inmediata del abogado del ejercicio de la abogacía por un término de tres (3) meses. La suspensión se fundamenta en la infracción de los Cánones 18, 19, 20, 23 y 35 del Código de Ética Profesional. La acción disciplinaria surge de una queja donde una cliente alegó haber contratado al abogado para un caso de desahucio, pagando $2,000. La demanda fue desestimada sin perjuicio por falta de emplazamiento, y la cliente afirmó que el abogado dejó de responder a sus comunicaciones. El abogado reconoció la relación y la desestimación, atribuyendo la falta de comunicación a dificultades para obtener información y correos que terminaron en "spam". Tras evaluar la conducta, el Tribunal concluyó que el proceder del licenciado Santiago Maldonado lesionó los estándares éticos requeridos.
| In re: | |
|---|---|
| 2024 TSPR 118 | |
| 214 DPR | |
| José E. Santiago Maldonado | |
| (TS-18,288) |
Número del Caso: AB-2023-0210
Fecha: 14 de noviembre de 2024
Oficina del Procurador General: Lcda. Mabel Sotomayor Hernández Subprocuradora General Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar Lcda. Melanie M. Mercado Méndez Procuradora General Auxiliar
Representante legal del promovido: Por derecho propio
Materia: Conducta Profesional - Suspensión inmediata por el término de tres (3) meses del ejercicio de la abogacía por infringir los Cánones 18, 19, 20, 23...
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