Partes:
In re: Efraín Torres Rivera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata del ejercicio de la notaría por un término de tres (3) meses por violación al Canon 18 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
AB-2019-4
Año:
2020
Fecha:
25 de febrero de 2020
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su jurisdicción disciplinaria sobre el Lcdo. Efraín Torres Rivera. Se le suspendió del ejercicio de la notaría por un término de tres meses. La suspensión se hizo efectiva el 4 de marzo de 2020. Esta acción disciplinaria se originó por una queja presentada el 11 de enero de 2019 por el matrimonio Marcos-Ortiz. El Tribunal determinó que el licenciado infringió el Artículo 2 de la Ley Notarial y el Canon 18 del Código de Ética Profesional. La queja se relacionaba con la autorización de la Escritura Número 147 el 21 de diciembre de 2005. Dicha escritura trataba sobre una "Acta de edificación, partición, cesión de derechos y acciones hereditarias y compraventa". En ella, el matrimonio Marcos-Ortiz compareció como parte compradora de una finca en Orocovis. La decisión Per Curiam detalla los antecedentes del caso que llevaron a la imposición de la sanción.
| In re: | |
|---|---|
| 2020 TSPR 23 | |
| Efrain Torres Rivera | 204 DPR |
Número del Caso: AB-2019-4 (TS-5409)
Fecha: 25 de febrero de 2020
Abogado del promovido: Por derecho propio
Oficina de Inspección de Notarias: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús
Materia: La suspensión será efectiva el 4 de marzo de 2020, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distr...
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