Partes:
In re: Jorge M. Carmona Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por incumplir con los requerimientos del Tribunal Supremo y la Oficina del Procurador General. Cánones 9 y 12 de Ética Profesional.
Número de Caso:
AB-2019-269
Año:
2021
Fecha:
14 de abril de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Jorge M. Carmona Rodríguez. Se le suspendió inmediata e indefinidamente del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en su conducta de indiferencia y dejadez ante los requerimientos de la Oficina del Procurador General y del propio Tribunal. Se determinó que violentó crasamente los Cánones 9 y 12 de Ética Profesional. La acción disciplinaria se originó por una queja ética presentada por una clienta. La clienta alegó que el abogado no le informó sobre la desestimación de su caso civil en dos ocasiones. Además, sostuvo que el letrado no mantuvo comunicación con ella a pesar de sus múltiples intentos. La clienta solicitó la devolución de los honorarios pagados.
| In re: | 2021 TSPR 50 |
|---|---|
| Jorge M. Carmona Rodríguez (TS-8,762) | 206 DPR |
Número del Caso: AB-2019-269
Fecha: 14 de abril de 2021
Oficina del Procurador General:
Lcda. Lorena Cortés Rivera Subprocuradora General Lcda. Gisela Rivera Matos Procuradora General
Materia: La suspensión será efectiva el 16 abril, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su...
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