Partes:
In re Ovidio Ruiz Fontanet
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplir con los requerimientos de la Oficina del Procurador General y las Ordenes del Tribunal Supremo
Número de Caso:
AB-2018-44
Año:
2019
Fecha:
9 de enero de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una decisión Per Curiam en el caso AB-2018-44, referente a la conducta profesional del Lcdo. Ovidio Ruiz Fontanet. Una querella fue presentada en su contra por una clienta, quien alegó problemas con su representación legal. La querellante indicó que el licenciado la refirió a su hijo, quien supuestamente la representó a pesar de estar suspendido de la profesión desde 2010. También se mencionan alegaciones de firmas falsificadas en documentos judiciales y la falta de entrega del expediente. El Tribunal notificó en múltiples ocasiones al Lcdo. Ruiz Fontanet para que respondiera a la querella. A pesar de los apercibimientos, el licenciado no compareció ni contestó dentro de los términos concedidos. Ante su incumplimiento, el Tribunal procede a suspenderlo del ejercicio de la abogacía. La suspensión es inmediata e indefinida, efectiva a partir del 15 de enero de 2019.
| In re: | |
|---|---|
| Ovidio Ruiz Fontanet | 2019 TSPR 5 |
| 201 DPR |
Número del Caso: AB-2018-44 (TS-3,601)
Fecha: 9 de enero de 2019
Oficina del Procurador general: Lcdo. Isaías Sánchez Báez Procurador General Lcda. Gisela Rivera Matos Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional- La Suspensión será efectiva el 15 de enero de 2019, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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