Partes:
In re: Karla M. Silvestrini Carrasquillo
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la práctica de la abogacía y la notaría por infringir los cánones 9 y 12 del Código de Ética Profesional
Número de Caso:
AB-2017-223
Año:
2019
Fecha:
6 de febrero de 2019
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerció su facultad disciplinaria para suspender inmediata e indefinidamente a la Lcda. Karla M. Silvestrini Carrasquillo del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión se fundamenta en la violación de los Cánones 9 y 12 del Código de Ética Profesional. El asunto disciplinario se originó por un referido de una jueza del Tribunal de Primera Instancia. La abogada incumplió reiteradamente órdenes judiciales, específicamente la de notificar la dirección de su representada. Además, no pagó una sanción económica de $300 impuesta por dicho incumplimiento. La letrada también causó dilación indebida en el trámite de la queja ante el Tribunal Supremo al no comparecer tras ser requerida. La suspensión, dictada el 6 de febrero de 2019, será efectiva a partir del 11 de marzo de 2019.
In re:
2019 TSPR 35 201 DPR $\qquad$
Karla M. Silvestrini Carrasquillo (TS-19,300)
Número del Caso: AB-2017-223
Fecha: 6 de febrero de 2019
Abogado de la parte promovida: Por derecho propio
Oficina del Procurador General Lcda. Lorena Cortés Rivera Subprocuradora General Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 11 de marzo de 2019. Fecha en que se le notificó por correo certificado a la abogada de su suspensión inmediata.
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