Partes:
In re: Luis A. Torres Rodríguez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
AB-2012-85
Año:
2013
Fecha:
26 de marzo de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ejerce su facultad disciplinaria contra el Lcdo. Luis A. Torres Rodríguez. Se presentó una queja contra el abogado por no tramitar un expediente de dominio pagado. El Tribunal le notificó en múltiples ocasiones para que contestara la queja, concediéndole términos de diez y cinco días. A pesar de recibir las notificaciones, el licenciado Torres Rodríguez no compareció ni contestó la queja. El Tribunal emitió una Resolución final apercibiéndole de posibles sanciones severas, incluyendo la suspensión. El abogado tampoco cumplió con esta última orden. El Tribunal considera que el incumplimiento con sus requerimientos constituye una violación al Canon 9 del Código de Ética Profesional. Por consiguiente, ordena la suspensión inmediata e indefinida del licenciado Torres Rodríguez del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión es efectiva desde el 17 de abril de 2013, fecha de notificación.
| In re: | 2013 TSPR 50 |
|---|---|
| 188 DPR | |
| Luis A. Torres Rodríguez |
Número del Caso: AB-2012-85
Fecha: 26 de abril de 2013
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 17 de abril de 2013, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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