Partes:
In re: Carmelo Pestaña Segovia
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir requerimientos del Tribunal y la Oficina de la Procuradora General y los Cánones 18, 19, 35 y 38 de Ética Profesional
Número de Caso:
AB-2010-11
Año:
2015
Fecha:
10 de marzo de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una queja contra el Lcdo. Carmelo Pestaña Segovia por su conducta en el manejo de un caso administrativo. Un cliente alegó que el licenciado no se comunicaba, no realizó las notificaciones necesarias a otras partes, lo que resultó en el archivo de su caso, y no le devolvió los honorarios pagados por adelantado. El Tribunal determinó que la conducta del licenciado Pestaña Segovia, tanto en el caso como durante el proceso disciplinario, fue contraria a los Cánones de Ética Profesional. Por consiguiente, el Tribunal ordenó su suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría. La suspensión fue efectiva a partir del 5 de mayo de 2015, fecha en que se le notificó la decisión.
| In re: | 2015 TSPR 53 |
|---|---|
| Carmelo Pestaña Segovia | 192 DPR |
| Número del Caso: AB-2010-11 |
Fecha: 10 de marzo de 2015
Oficina de la Procuradora General:
Lcda. Karla Pacheco Álvarez Subprocuradora General Lcda. Gisela Rivera Matos Procuradora General Auxiliar
Materia: La suspensión será efectiva el 5 de mayo de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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