Partes:
In re: Norberto Cruz Arias
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por incumplimiento con los requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
AB-2006-287
Año:
2010
Fecha:
25 de noviembre de 2009
Se presentó una queja contra el Lcdo. Norberto Cruz Arias alegando que no incluyó a una cliente en una reclamación grupal a pesar de haber recibido dinero y documentos. El abogado fue notificado de la queja y se le concedió un término para contestar, solicitando y obteniendo una prórroga. Tras recibir su contestación, el asunto fue referido a la Oficina del Procurador General para investigación. El Procurador General recomendó requerir al abogado evidencia de la devolución del dinero y documentos, y apercibirlo sobre varios Cánones de Ética Profesional. El Tribunal ordenó al licenciado certificar la devolución del dinero y documentos y lo apercibió sobre los Cánones 18, 19, 20 y 24. Vencido el término, la querellante informó que el abogado no había devuelto el dinero ni los documentos. Ante esta situación, el Tribunal concedió un nuevo término al licenciado Cruz Arias para responder. El caso trata sobre alegada conducta profesional impropia.
In re: Norberto Cruz Arias
2010 TSPR 24 178 DPR $\qquad$
Número del Caso: AB-2006-287
Fecha: 25 de noviembre de 2009
Oficina del Procurador General: Lcdo. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el 19 de febrero de 2010, luego de recibirse el diligenciamiento negativo).
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