Partes:
In re: Héctor L. Barreto Cintrón
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Poder inherente de los tribunales para hacer cumplir sus órdenes
Número de Caso:
AB-2005-0270
Año:
2006
Fecha:
7 de abril de 2006
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emite una resolución sobre la conducta profesional del Lcdo. Héctor L. Barreto Cintrón, referida por la Jueza de la Sala Superior de San Juan. La conducta en controversia se originó en una llamada telefónica del abogado a la secretaria jurídico de la jueza. El Tribunal de Primera Instancia determinó que las expresiones del licenciado carecieron del debido respeto, constituyeron un ataque injustificado y afectaron el buen orden de la administración de justicia. El Tribunal Supremo observa que este tipo de referidos por parte de los jueces de Primera Instancia es frecuente. No obstante, recalca el poder inherente que poseen los tribunales de primera instancia para mantener el orden en los procedimientos ante su consideración. Estos tribunales están facultados legalmente para hacer cumplir sus órdenes y castigar por desacato sin necesidad de referir el asunto al Supremo. Se cita jurisprudencia previa que valida esta autoridad de los tribunales de instancia. En consecuencia, el Tribunal Supremo devuelve el asunto a la Sala Superior de San Juan para que proceda con la acción correspondiente.
| In re: | 2006 TSPR 54 |
|---|---|
| Héctor L. Barreto Cintrón | 167 DPR |
Número del Caso: AB-2005-270
Fecha: 7 de abril de 2006
Materia: Conducta Profesional
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En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
In re Héctor L. Barreto Cintrón AB-2005-270 Queja
San Juan, Puerto Rico, a 7 de abril de 2006.
La ...
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