Partes:
In re: Lcdo. René Negrón Negrón
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión por no contestar requerimientos del Colegio de Abogados y del Tribunal Supremo
Número de Caso:
AB-2004-0120
Año:
2005
Fecha:
27 de diciembre de 2004
Una queja de conducta profesional fue presentada contra el Lcdo. René Negrón Negrón ante el Colegio de Abogados. El Colegio intentó notificar al licenciado en múltiples ocasiones mediante correo certificado, pero todas las cartas fueron devueltas como no reclamadas. Ante la imposibilidad de tramitar la querella, el Colegio informó al Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo emitió una Resolución ordenando al licenciado Negrón Negrón comparecer ante el Colegio y ante el propio Tribunal en un plazo de diez días. Se le requirió exponer su posición sobre la queja y las razones de su incomparecencia previa, apercibiéndole de posibles sanciones. La Resolución del Tribunal Supremo fue notificada personalmente al abogado por la Oficina del Alguacil General. A pesar de la notificación personal, el licenciado Negrón Negrón no compareció ante el Colegio ni ante el Tribunal. Tampoco solicitó una prórroga para cumplir con la orden judicial. Su incumplimiento con la Resolución del Tribunal Supremo ha transcurrido.
In re: Lcdo. René Negrón Negrón
2005 TSPR 5 163 DPR $\qquad$
Número del Caso: AB-2004-120
Fecha: 27 de diciembre de 2004
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. Ángel N. Candelario Cáliz Oficial Investigador
Lcda. Milagros Martínez Mercado Oficial Investigadora
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el 12 de enero de 2005 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilaci...
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