Partes:
In re: Julio E. Rivera Aponte
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional
Número de Caso:
AB-2004-0064
Año:
2007
Fecha:
19 de diciembre de 2006
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró un caso disciplinario contra el abogado y notario Julio E. Rivera Aponte (AB-2004-64). El caso se originó por una queja del Contralor de Puerto Rico relacionada con una declaración jurada de abril de 2001. La queja alegaba que el notario certificó que la declaración fue firmada en su presencia cuando en realidad no estuvo presente, violando la Ley Notarial y los Cánones 35 y 38 del Código de Ética Profesional. Al ser requerido, el notario reconoció su firma y sello en el documento pero no recordó las circunstancias ni encontró la anotación en su Registro de Testimonios. La Oficina de Inspección de Notaría (ODIN) informó que la declaración era nula por no estar anotada en el registro o índice notarial, confirmando el incumplimiento procesal. El notario aceptó posteriormente la falta imputada y solicitó que se consideraran circunstancias atenuantes al determinar la sanción disciplinaria. El Tribunal destacó la importancia fundamental de la fe pública notarial. La decisión fue emitida el 19 de diciembre de 2006, y la suspensión advino final y firme el 25 de enero de 2007.
| In Re: |
|---|
| Julio E. Rivera Aponte |
2007 TSPR 14 170 DPR $\qquad$
Número del Caso: AB-2004-64 Fecha: 19 de diciembre de 2006
AbogadoS de la Parte Peticionaria: Lcdo. Pedro E. Ortiz Álvarez Lcda. Pilar Muñoz Nazario
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Carmen H. Carlos Directora Lcda. Marla D. Ríos Díaz Directora Auxiliar
Materia: Conducta Profesional (La suspensión del abogado advino final y firme el día 25 de enero de 2007)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicaci...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito