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Casos/Tribunal Supremo/AB-2003-267

IN RE: REINALDO ARROYO RIVERA

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

IN RE: REINALDO ARROYO RIVERA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AB-2003-267

Año:

2004

Fecha:

1 de diciembre de 2004

Resumen

Se presentó una queja contra el abogado Reinaldo Arroyo Rivera en mayo de 2003. El Colegio de Abogados le requirió responder en múltiples ocasiones sin obtener contestación. Ante la falta de respuesta, el Colegio solicitó la intervención del Tribunal Supremo. En enero de 2004, el Tribunal ordenó al abogado responder al Colegio y mostrar causa por su incumplimiento, apercibiéndole de posible suspensión. A la fecha de la decisión, el abogado no había cumplido con la orden del Tribunal ni contactado al Colegio. El Tribunal reitera la obligación ineludible de los abogados de responder diligentemente a sus órdenes y a los requerimientos del Colegio en asuntos disciplinarios. La indiferencia ante tales requerimientos conlleva severas sanciones. La conducta del abogado, al no atender los requerimientos del Colegio ni la orden del Tribunal, constituyó un craso incumplimiento. Como resultado, se impuso una sanción disciplinaria.

Contenido del Caso

In re:Queja
Reinaldo Arroyo Rivera2004 TSPR 61
161 DPR

Número del Caso: AB-2003-267

Fecha: 1 de abril de 2004

Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. Ángel N. Candelario Cáliz Oficial Investigador

Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el día 14 de abril de 2004 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.)

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribuci...

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