Partes:
IN RE: GILBERTO OSCAR MARTINEZ MARTINEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-2002-26
Año:
2003
Fecha:
31 de marzo de 2001
Se presentó una queja ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico contra el Lcdo. Gilberto Oscar Martínez Martínez por negligencia profesional. Los querellantes alegaron que la inacción del abogado en su caso sobre sanciones disciplinarias resultó en la desestimación del mismo. La Oficina del Procurador General investigó la queja y concluyó que el Lcdo. Martínez Martínez violó los Cánones 18 y 19 de Ética Profesional. El Tribunal le concedió al abogado un término para responder al informe del Procurador General. A pesar de ser debidamente notificado, el abogado no compareció ni se expresó sobre el informe. El Tribunal también tomó conocimiento judicial de otros expedientes con situaciones similares de incumplimiento por parte del abogado. Se destacó que el abogado incumplió su deber de mantener actualizada su dirección ante el Tribunal, lo cual es motivo suficiente para una suspensión. En vista de las violaciones éticas y la falta de comparecencia, el Tribunal ordenó la suspensión del Lcdo. Gilberto Oscar Martínez Martínez del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 8 de abril de 2003.
| In re: | Queja |
|---|---|
| Gilberto Oscar Martínez Martínez | 2003 TSPR 57 |
| 158 DPR |
Número del Caso: AB-2002-26
Fecha: 31/marzo/2003
Oficina del Hon. Procurador General: Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Procuradora General Auxiliar Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 8 de abril de 2003, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.)
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