Partes:
IN RE: LILLIAM ANNETTE RAMOS BAHAMUNDI
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-2002-0233
Año:
2004
Fecha:
19 de diciembre de 2004
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió una queja disciplinaria contra la abogada y notario público Lilliam Annette Ramos Bahamundi. La queja fue presentada por un ciudadano que alegó el incumplimiento de un contrato de servicios notariales. Según el quejoso, la licenciada no otorgó ni registró una escritura de compraventa, impidiéndole vender su propiedad. El Procurador General intentó obtener la versión de la abogada sin éxito, lo que motivó su comparecencia ante el Tribunal Supremo. El Tribunal emitió una resolución ordenando a la abogada responder a los requerimientos del Procurador General y explicar por qué no debía ser disciplinada. La abogada compareció por escrito ante el Tribunal. Como resultado de este proceso, el Tribunal Supremo ordenó la suspensión de la licenciada Ramos Bahamundi del ejercicio de la abogacía. La suspensión fue efectiva a partir del 26 de febrero de 2004.
| In re: | Queja |
|---|---|
| Lilliam Annette Ramos Bahamundi | 2004 TSPR 29 |
| 161 DPR |
Número de los Casos: AB-2002-233
Fecha: 19 de febrero de 2004
Oficina del Procuradora General: Lcda. Rosana Márquez Valencia Procuradora General Auxiliar
Abogada de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión será efectiva el día 26 de febrero de 2004 fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los...
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