Partes:
IN RE: LUIS E. RODRIGUEZ SANTIAGO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-2001-0221
Año:
2002
Fecha:
15 de diciembre de 2002
El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Luis E. Rodríguez Santiago. El proceso se originó por un incidente ocurrido el 13 de septiembre de 2001 en la Sala Superior de Ponce, entre el abogado y el juez Melvin E. Maldonado Colón. El incidente tuvo lugar cuando el juez designó al Lcdo. Rodríguez Santiago como abogado de oficio para un acusado, ante la ausencia del abogado original y una huelga de la Sociedad para Asistencia Legal. El juez ordenó la transcripción de lo sucedido y la elevó al Tribunal Supremo. Este refirió el asunto a la Oficina del Procurador General para investigación. El Procurador General concluyó que el abogado incurrió en una posible violación al Canon 9 de Ética Profesional. El Lcdo. Rodríguez Santiago no controvirtió los hechos, pero sí la conclusión sobre la violación ética. Como resultado de este proceso, el abogado fue suspendido de la práctica de la abogacía.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Número del Caso: AB-2001-221
Fecha: 15/mayo/2002
Oficina del Procurador General: Lcda. Noemí Rivera De León Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva desde el 22 de mayo de 2002, fecha en que se le notificó al abogado la Opinión y Sentencia del Tribunal)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribu...
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