Partes:
IN RE: HECTOR L. ORTIZ HERNANDEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-2000-139
Año:
2002
Fecha:
23 de octubre de 2001
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró una queja por conducta profesional contra el Lcdo. Héctor L. Ortiz Hernández. La quejosa alegó que el notario no presentó escrituras para inscripción en el Registro de la Propiedad ni le entregó copias certificadas, a pesar de sus gestiones. El Lcdo. Ortiz Hernández no respondió al requerimiento inicial del Tribunal sobre la queja. El caso fue referido a la Oficina de Inspección de Notarías, la cual concluyó que el notario incurrió en conducta antiética al no responder al Tribunal ni a la cliente. A pesar de que la querellante recibió las copias de las escrituras posteriormente, el abogado tampoco se expresó sobre el informe de la Oficina de Inspección, incumpliendo otra orden del Tribunal. El Tribunal destacó que este era un caso más de incumplimiento reiterado de sus órdenes directas por parte del letrado. Por su conducta y falta de respuesta a los requerimientos judiciales, el Tribunal impuso una suspensión efectiva el 10 de enero de 2002.
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
| In re: | Queja |
|---|---|
| Héctor L. Ortiz Hernández | 2002 TSPR 4 |
| 155 DPR |
Número del Caso: AB-2000-139
Fecha: 23/octubre/2001
Oficina de Inspección de Notarias: Lcda. Carmen H. Carlos Directora
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 10 de enero de 2002, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compi...
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