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Casos/Tribunal Supremo/AB-2000-0035

IN RE: VICTOR M. AGRAIT DEFILLO

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

IN RE: VICTOR M. AGRAIT DEFILLO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AB-2000-0035

Año:

2000

Fecha:

7 de diciembre de 2000

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico atendió el caso del Lcdo. Víctor M. Agrait Defilló tras ser informado por el Tribunal de Circuito de Apelaciones sobre su negativa a pagar una sanción económica impuesta. La Oficina del Procurador General investigó el asunto y concluyó que la conducta del abogado violaba el Canon 9 de Ética Profesional. El Procurador General también reportó que sus gestiones para obtener una reacción del abogado resultaron infructuosas. Ante esta situación, el Tribunal Supremo emitió una resolución ordenando al Lcdo. Agrait Defilló mostrar causa por la cual no debía ser suspendido indefinidamente. A pesar de haber sido debidamente notificado, el abogado hizo caso omiso de este requerimiento, al igual que de los anteriores. El Tribunal Supremo ha establecido que los abogados tienen la obligación ineludible de responder diligentemente a sus requerimientos y a los del Procurador General. La negativa obstinada a cumplir con las órdenes judiciales no es tolerada. Esta conducta demostró que el Lcdo. Agrait Defilló no tenía interés en seguir ejerciendo la profesión. Por consiguiente, el Tribunal Supremo decidió separarlo de forma inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría.

Contenido del Caso

In re:Queja
Víctor M. Agrait Defilló2000 TSPR 162

Número del Caso: AB-2000-0035 Fecha: 08/07/2000 Oficina del Procurador General: Lcdo. Reynaldo X. Medina Carrillo Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio

Materia: Conducta Profesional

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

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En el Tribunal SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Ví...

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