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Casos/Tribunal Supremo/AB-1999-0080

IN RE: JULIO C. SILVAGNOLI COLLAZO

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

IN RE: JULIO C. SILVAGNOLI COLLAZO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

AB-1999-0080

Año:

2001

Fecha:

29 de junio de 2001

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera un caso de conducta profesional contra el Lcdo. Julio C. Silvagnoli Collazo. La Oficina de Ética Gubernamental (O.E.G.) lo querelló por usar horas laborables como Asesor Legal del Municipio de Ponce para atender casos privados. Se le imputó violar la Ley de Ética Gubernamental y la Constitución al utilizar tiempo público para beneficio personal. El abogado estipuló los hechos, admitió la infracción y pagó una multa administrativa de $2,000 impuesta por la O.E.G. La O.E.G. refirió el asunto al Tribunal Supremo para evaluar posibles violaciones a los Cánones 6 y 38 de Ética Profesional. Se alegó que utilizó 266.25 horas de trabajo público para casos privados, devengando dinero sin prestar servicio a su patrono. El abogado se defendió argumentando que a menudo trabajaba horas extra sin paga y que aceptó la estipulación para no perjudicar al Alcalde. El Procurador General informó que no existe ley que prohíba a funcionarios públicos ejercer la práctica privada durante horas laborables. El Procurador General concluyó que el abogado no incurrió en conducta antiética en este caso particular. El Tribunal Supremo emite esta decisión "Per Curiam" en respuesta a la queja y los informes presentados.

Contenido del Caso

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Número del Caso: AB-1999-80 Fecha: 29/junio/2001 Oficina del Procurador General

Hon. Gustavo A. Gelpí Procurador General Lcda. Edna E. Rodríguez Benítez Procuradora General Auxiliar

Oficina de Etica Gubernamental: Lcdo. Hiram R. Morales Lugo Director Ejecutivo Lcda. Gretchen Camacho Rossy Lcda. Wanda Torres Velázquez

Abogado de la Parte Querellada: Lcdo. José Angel Cangiano

Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 12 de julio de 2001, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)

Este documento consti...

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