Partes:
IN RE JORGE L PEREZ ABREU
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-1999-0008
Año:
1999
Fecha:
4 de diciembre de 1999
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consideró una queja sobre la conducta del Lcdo. Jorge L. Pérez Abreu, referida por una jueza administradora regional. La queja se relacionaba con el trato del abogado hacia una funcionaria del tribunal, examinadora de pensiones alimentarias. Según el informe del Procurador General, el Lcdo. Pérez Abreu irrumpió en la oficina de la funcionaria en dos ocasiones, hablando en voz alta y descontrolada. La recriminó por supuesta parcialidad contra sus clientes y llegó a amenazarla con "arrancarle la cabeza". Ante el Procurador General y luego ante el Tribunal, el abogado aceptó haber actuado incorrectamente y pidió excusas. Atribuyó su conducta a no haber tomado medicación para una crisis de ansiedad. Aseguró haber corregido la situación y prometió que no ocurrirían incidentes similares en el futuro. La conducta del abogado se evaluó a la luz del Canon 9 de Etica Profesional, que exige respeto hacia los tribunales y sus funcionarios.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| In re: | Queja |
|---|---|
| Jorge L. Pérez Abreu | 99 TSPR 146 |
Número del Caso: AB-1999-8 Oficina del Procurador General: Lcda. Iris M. Barreto Saavedra Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio Fecha: 10/4/1999 Materia: Conducta Profesional
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