Partes:
IN RE: DAVID W ROMAN RODRIGUEZ
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-1998-192
Año:
1999
Fecha:
10 de febrero de 2001
Se presentó una queja contra el Lcdo. David W. Román Rodríguez ante la Comisión de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Puerto Rico, imputándole haber cobrado por servicios no rendidos. La Comisión solicitó repetidamente al abogado que respondiera a la queja a lo largo de varios meses. A pesar de múltiples requerimientos y advertencias de que no contestar constituía una falta de ética y podría llevar a la remisión al Tribunal Supremo, el abogado no presentó respuesta alguna. Ante su incumplimiento, la Comisión de Ética refirió el asunto al Tribunal Supremo. El Tribunal Supremo emitió entonces una resolución ordenando al abogado que contestara los requerimientos del Colegio de Abogados y expusiera las razones por las cuales no debía ser sancionado por su falta de cumplimiento.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| IN RE: | |
|---|---|
| LCDO. DAVID W. ROMAN RODRIGUEZ | CONDUCTA |
| Querellado | PROFESIONAL |
| V. | 99TSPR34 |
Número del Caso: AB-98-192 Abogados de la Parte Peticionaria: Lic. María De Lourdes Rodríguez Oficial Investigadora Colegio de Abogados de P.R. Abogados de la Parte Recurrida: Abogados de la Parte Interventora: Tribunal de Instancia: Superior Juez del Tribunal de Primera Instancia: Tribunal de circuito de Apelaciones: Juez Ponente: Fecha: 2/10/1999 Materia:
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal S...
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