Partes:
IN RE: JOSÉ R. TORRES ZAYAS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-1998-0133
Año:
1998
Fecha:
30 de diciembre de 1998
Una clienta presentó una queja jurada ante el Colegio de Abogados de Puerto Rico contra el Lic. José R. Torres Zayas, imputándole haber cobrado por servicios profesionales no rendidos. La Comisión de Ética Profesional del Colegio envió copia de la queja al licenciado, solicitando su reacción en quince días. El licenciado Torres Zayas pidió una prórroga de treinta días, la cual le fue concedida. Sin embargo, no contestó la queja tras vencerse el término extendido. La Comisión le requirió nuevamente que reaccionara, otorgándole diez días adicionales, pero tampoco obtuvo respuesta. Posteriormente, la Comisión citó al licenciado a una vista para dilucidar la queja pendiente. El licenciado Torres Zayas no compareció a la vista ni se expresó sobre la queja o la citación. Ante la falta de respuesta y comparecencia, el Presidente de la Comisión de Ética Profesional se dirigió una vez más al licenciado.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| IN RE: | |
|---|---|
| LIC. JOSE R. TORRES ZAYAS | CONDUCTA |
| PROFESIONAL | |
| V. | 98TSPR161 |
Número del Caso: AB-98-133 Abogados de la Parte Querellante: LIC. MARIA DE LOURDES RODRIGUEZ OFICIAL INVESTIGADORA COMISION DE ETICA COLEGIO DE ABOGADOS Abogados de la Parte Querellada: POR DERCHO PROPIO Abogados de la Parte Interventora: Tribunal de Instancia: Juez del Tribunal de Primera Instancia: Tribunal de circuito de Apelaciones: Juez Ponente: Fecha: 11/30/1998 Materia:
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Sup...
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