Partes:
IN RE: MIGUEL A. LABORDE FREYRE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-1997-0010
Año:
2001
Fecha:
4 de diciembre de 2001
Procedimiento disciplinario incoado contra el Lcdo. Miguel A. Laborde Freyre a raíz de una queja. El caso se centró en el incumplimiento reiterado del abogado con los requerimientos de la Oficina del Procurador General y las órdenes del Tribunal Supremo. El Tribunal emitió múltiples resoluciones ordenando al abogado cumplir y apercibiéndole de una posible suspensión provisional. Los procedimientos disciplinarios fueron paralizados temporalmente a solicitud del Procurador debido a una acción de daños y perjuicios relacionada en el foro de instancia. Tras la paralización, el abogado continuó incumpliendo las órdenes del Tribunal de informar sobre el estado del caso civil, especialmente después de la renuncia de su representación legal. El Tribunal emitió nuevas órdenes y apercibimientos por el incumplimiento con los informes de estatus. El documento detalla la cronología de la falta de cumplimiento del abogado a lo largo de varios años. La decisión, basada en esta conducta, resulta en una suspensión del ejercicio de la abogacía. La suspensión es efectiva a partir del 17 de mayo de 2001.
| In re: | Queja |
|---|---|
| Miguel A. Laborde Freyre | 2001 TSPR 74 |
Número del Caso: AB-1997-10
Fecha: 4/mayo/2001
Oficina del Procurador General:
Lcda. Yvonne Casanova Pelosi Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellante: Lcdo. Luis A. Rivera Rivera
Abogado de la Parte Querellada: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional (La suspensión es efectiva a partir del 17 de mayo de 2001, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correccion...
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