Partes:
FEDERACION DE PESCADORES PLAYA PICÚA V JUNTA DE PLANIFICACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AA-1996-8
Año:
1999
Fecha:
27 de diciembre de 1999
El Tribunal Supremo de Puerto Rico resolvió una apelación presentada por la Federación de Pescadores de Playa Picúa contra la Junta de Planificación. La controversia se centró en la validez de un reglamento adoptado por la Junta para el sector Punta Picúa. El Tribunal determinó que la Junta estaba legalmente obligada a realizar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) antes de promulgar dicho reglamento. Esta obligación derivaba de la Ley Núm. 121 de 1994, que estableció la política pública ambiental para el sector y ordenó la adopción de un plan de manejo y un reglamento especial. Al no haberse cumplido con el requisito de la DIA, el Tribunal concluyó que el reglamento impugnado es nulo. La decisión subraya la necesidad de cumplir con los procedimientos ambientales establecidos por ley al regular áreas como el sector Punta Picúa.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| Federación de Pescadores de Playa Picúa | |
|---|---|
| Apelante | |
| V. | Apelación |
| Junta de Planificación | 99TSPR82 |
| Apelado |
Número del Caso: AA-96-8 Abogados de la Parte Apeltante: Lcdo. Luis E. Maldonado Guzmán Lcdo. Armando Cardona Acaba
Abogado de la Parte Apelada: Lcdo. César E. Mercado Vega Agencia: Junta de Planificación Fecha: 5/27/1999 Materia:
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decision...
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