Partes:
ASOC. DUEÑOS PARGUERA V JUNTA DE PLANIFICACION
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AA-1996-34
Año:
1999
Fecha:
14 de diciembre de 1999
El Tribunal Supremo de Puerto Rico en el caso AA-96-34 abordó el término legal para impugnar la validez de un Plan de Uso de Terreno aprobado por la Junta de Planificación. La controversia principal giró en torno a si el plazo de treinta días para apelar comenzaba desde la publicación del plan o desde su fecha de vigencia. Los apelantes, incluyendo la Asociación de Dueños de Casas de la Parguera, impugnaron el "Plan de Manejo para el Area de Planificación Especial del Suroeste, Sector la Parguera". El aviso de aprobación del Plan fue publicado el 16 de marzo de 1996, y la apelación se presentó el 16 de abril de 1996. El Tribunal resolvió que el término correcto para impugnar la validez de un plan de uso de terreno es de treinta (30) días. Este plazo se cuenta a partir de la fecha de vigencia del plan. La decisión se fundamenta en la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU). La sentencia establece que la LPAU rige el cómputo del término, prevaleciendo sobre lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Junta de Planificación. Esto clarifica el estatuto de limitaciones aplicable a este tipo de impugnaciones administrativas.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| ASOCIACION DE DUEÑOS DE CASAS DE LA | |
|---|---|
| PARGUERA, INC. Y OTROS | |
| Apelantes | Apelación |
| V. | 99TSPR75 |
| JUNTA DE PLANIFICACION | |
| Apelada |
Número del Caso: AA-96-34 Abogados de la Parte Apelante: Lic. Patricio Martínez Lorenzo Bufete Martínez Lorenzo Abogados de la Parte Apelada: Lic. Everlidys Rodríguez Pacheco Lic. Gloria M. Soto Burgos
Abogados de la Parte Interventora: Agencia Administrativa: Junta de Planificación Juez del Tribunal de Primera Instancia: Tribunal de circuito de Apelaciones: Juez Ponente: Fecha: ...
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