Partes:
MANUEL LOPEZ PONS V. CORPORACION DEL F.S.E.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AA-1996-12
Año:
1998
Fecha:
16 de diciembre de 1998
Un empleado del Dr. Manuel López Pons sufrió un accidente de trabajo en noviembre de 1991. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado (FSE) declaró al Dr. López Pons patrono no asegurado en septiembre de 1993. La decisión del FSE se fundamentó en la alegada falta de radicación de la declaración de nómina 1990-1991 por parte del patrono antes del 20 de julio de 1991. El Dr. López Pons apeló ante la Comisión Industrial, alegando tener una póliza vigente, haber pagado siempre a tiempo y tener un crédito a su favor con el FSE. Presentó como evidencia listados de computadora del FSE que mostraban un crédito a su nombre en varios años. También sometió una carta de un funcionario del FSE fechada el 12 de agosto de 1991. Este documento es la opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en la apelación sobre el estatus patronal.
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
| Manuel López Pons Patrono-Apelado | |
|---|---|
| V. | Apelación de Agencia Administrativa |
| Corporación del Fondo del Seguro del | 98TSPR135 |
| Estado |
Número del Caso: AA-96-12 Abogado de Corporación del F.S.E.: Lcdo. Antonio Vidal Santiago Abogado de Manuel López Pons: Lcdo. Jorge Márquez Gómez Agencia: Comisión Industrial Fecha: 10/16/1998 Materia: Status Patronal
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correciones del proceso de compilación y publicación ofic...
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