Partes:
In re: Carlos A. Ortiz Abrams
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por comisión de delito que implica depravación moral
Número de Caso:
TS-11,714
Año:
2016
Fecha:
12 de enero de 2016
El Tribunal Supremo de Puerto Rico considera el caso del Lcdo. Carlos A. Ortiz Abrams, abogado y notario. El licenciado Ortiz Abrams se declaró culpable de cuatro delitos menos graves bajo la Ley para la Protección de la Propiedad Vehicular. Estos cargos se relacionan con su intervención como notario al autenticar transacciones de traspasos ilegales de vehículos de motor. Tras su declaración de culpabilidad y las sentencias penales correspondientes, el Tribunal le requirió mostrar causa por la cual no debía ser suspendido. La suspensión del licenciado Ortiz Abrams del ejercicio de la abogacía y la notaría es efectiva. La fecha de efectividad de la suspensión es el 15 de enero de 2016, día en que se le notificó la decisión.
| In re: | 2016 TSPR 6 |
|---|---|
| Carlos A. Ortiz Abrams | 194 DPR |
Número del Caso: TS-11,714
Fecha: 12 de enero de 2016
Abogado del Querellado: Por derecho propio
Oficina de la Procuradora General: Lcda. Karla Pacheco Álvarez Suprocuradora General Lcda. Gisela Rivera Matos Procuradora General Auxiliar Lcda. Yaizamarie Lugo Fontánez Procuradora General Auxiliar
Materia: La suspensión será efectiva el 15 de enero de 2016 fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los camb...
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