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Casos/Tribunal Supremo/TS-12,232

In re: Julio C. Meléndez Vázquez

Tribunal Supremo

Información del Caso

Partes:

In re: Julio C. Meléndez Vázquez

Ponente:

Per Curiam

Materia:

Conducta Profesional- Suspensión inmediata de la abogacía y la notaría por incumplimiento con requerimientos del Tribunal

Detalles Técnicos

Número de Caso:

TS-12,232

Año:

2009

Fecha:

16 de julio de 2009

Resumen

El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió inmediata e indefinidamente al Lcdo. Julio C. Meléndez Vázquez del ejercicio de la abogacía y la notaría. La decisión, con fecha de 16 de julio de 2009, se fundamenta en la displicencia, indiferencia y contumaz incumplimiento del abogado hacia los requerimientos judiciales. Específicamente, se señala su falta de acatamiento a múltiples resoluciones del Tribunal de Apelaciones en un caso de apelación criminal. Dichas órdenes le requerían gestionar una regrabación y presentar la transcripción de la prueba oral. A pesar de varias oportunidades y un largo período de tiempo, el licenciado no cumplió con estos mandatos. Esta conducta deliberada de incumplimiento con las órdenes judiciales motivó la sanción disciplinaria. La suspensión fue notificada y se hizo efectiva el 7 de octubre de 2009.

Contenido del Caso

In re:2009 TSPR 156
Julio C. Meléndez Vázquez177 DPR

Número del Caso: TS-12,232 Fecha: 16 de julio de 2009 Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Trías Montalvo Director Ejecutivo Lcda. María de Lourdes Rodríguez Oficial Investigadora Oficina del Procurador General: Lcda. Ileana Oliver Falero Subprocuradora General Interina Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Lourdes I. Quintana Lloréns Directora

Materia: Conducta Profesional (Las suspensión será efectiva el 7 de octu bre de 2009, fecha en que se le notificó al abogado de su suspen sión inmediata)....

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