Partes:
In re: Marie Liz Vargas Martínez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por craso incumplimiento al Canon 9 del Código de Ética Profesional.
Número de Caso:
AB-2021-83 (TS-20,558)
Año:
2021
Fecha:
17 de diciembre de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida de la Lcda. Marie Liz Vargas Martínez. La decisión se basa en su craso incumplimiento al Canon 9 de Ética Profesional y su falta de acatamiento a las órdenes del Tribunal. Un cliente presentó una queja alegando que la abogada, tras asumir su representación, fue irresponsiva, lo que resultó en la desestimación de su demanda. A pesar de recibir notificaciones y dos resoluciones del Tribunal Supremo concediéndole términos para contestar la queja, la licenciada Vargas Martínez no compareció ni respondió. Esta inacción y desobediencia a los mandatos judiciales motivaron la sanción disciplinaria. La suspensión del ejercicio de la abogacía y la notaría es efectiva a partir del 20 de diciembre de 2021.
| In re: | |
|---|---|
| 2021 TSPR 156 | |
| Marie Liz Vargas Martínez | 208 DPR |
| (TS-20,558) |
Número del Caso: AB-2021-83
Fecha: 17 de diciembre de 2021
Materia: Conducta Profesional- Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía y la notaría por craso incumplimiento al Canon 9 de Ética Profesional. La suspensión es efectiva el 20 de diciembre 2021, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y pu...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito