Partes:
In re: Luis F. Mangual Acevedo
Ponente:
Resolución del Tribunal
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la Notaría por incumplimiento con requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías
Número de Caso:
TS-17,908
Año:
2015
Fecha:
16 de octubre de 2015
El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en el caso de Luis F. Mangual Acevedo. Se determinó que el licenciado incumplió sus deberes notariales y cánones de ética profesional al desatender múltiples requerimientos de la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN). En consecuencia, se ordenó la suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de su notaría. Los Alguaciles del Tribunal deben proceder a incautar su obra notarial. Se le concedió un término improrrogable de treinta días para presentar índices, informes y acreditar el pago de su fianza notarial de 2011 a 2015. Se le apercibió que el incumplimiento podría acarrear sanciones adicionales. Además, se le impuso una sanción económica de $500.00 por desatender reiteradamente los requerimientos de la ODIN. Un juez asociado hizo constar que hubiera ordenado mostrar causa para no suspenderlo del ejercicio de la abogacía.
| In re: | 2015 TSPR 144 |
|---|---|
| Luis F. Mangual Acevedo | 193 DPR |
Número del Caso: TS-17,908
Fecha: 16 de octubre de 2015
Oficina de Inspección de Notarias: Lcdo. Manuel E. Ávila De Jesús Director
Abogado del Querellado: Por Derecho Propio
Materia: Conducta Profesional - La suspensión de la notaría será efectiva el 26 de octubre de 2015, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata de la notaría.
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