Partes:
In re: Alberto Rivera Claudio
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía por incumplir con requerimientos del Programa de Educación Jurídica Continua y las órdenes del Tribunal Supremo.
Número de Caso:
TS-13,226
Año:
2018
Fecha:
4 de mayo de 2018
El Tribunal Supremo de Puerto Rico ordenó la suspensión inmediata e indefinida del Lcdo. Alberto Rivera Claudio del ejercicio de la abogacía. La suspensión se fundamenta en su incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua (PEJC) y con órdenes del Tribunal. El abogado no completó los créditos de educación jurídica requeridos para el periodo del 1 de diciembre de 2007 al 30 de noviembre de 2009. A pesar de recibir un Aviso de Incumplimiento, no tomó los cursos necesarios. Tampoco compareció a una Vista Informal citada para el 13 de junio de 2012. Posteriormente, no respondió a la notificación del Informe del Oficial Examinador ni subsanó la insuficiencia de créditos ni pagó la multa correspondiente. El Director Ejecutivo del PEJC informó al Tribunal sobre el incumplimiento y la reiterada desatención del letrado. La suspensión es efectiva a partir del 9 de mayo de 2018, fecha en que se le notificó por correo.
| In re: | |
|---|---|
| 2018 TSPR 76 | |
| 200 DPR | |
| Alberto Rivera Claudio |
Número del Caso: TS-13,226
Fecha: 4 de mayo de 2018
Abogado del promovido:
Por derecho propio.
Programa de Educación Jurídica Continua
Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 9 de mayo de 2018, fecha en que se le notificó al abogado por correo de su suspensión inmediata.
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