Partes:
Ernesto Rosado Rivera, Roberto J. Martínez Rosa, Melba Lajara Martínez, Otto D. Lebrón Sáez, Dina M. Albanese Brás, Mari E. Meléndez Gnemi
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Se suspenden por no haber satisfecho el pago de la cuota de colegiación
Número de Caso:
TS-000004446 TS-000007665 TS-000009376 TS-000011378 TS-000012831 TS-000016016
Año:
2008
Fecha:
31 de octubre de 2008
El Colegio de Abogados de Puerto Rico solicitó al Tribunal Supremo la suspensión de seis licenciados por incumplimiento en el pago de la cuota anual de colegiación. El Tribunal emitió resoluciones concediendo a los abogados un término de veinte días para mostrar causa por la cual no debían ser suspendidos. Se les apercibió que el incumplimiento resultaría en suspensión automática. Los licenciados no comparecieron ni satisficieron su deuda dentro del término concedido. El Artículo 9 de la Ley Núm. 43 de 1932 establece la obligación de los miembros de pagar la cuota anual. La falta de pago demuestra indiferencia a las obligaciones mínimas de la abogacía y conlleva suspensión. Ante el incumplimiento de los abogados con las órdenes del Tribunal, se consolidan los casos. El Tribunal procede a resolver el asunto sin ulterior trámite.
In re:
Ernesto Rosado Rivera Roberto J. Martínez Rosa Melba Lajara Martínez Otto D. Lebrón Sáez Dina M. Alabanese Brás Mari E. Meléndez Gnemi
2008 TSPR 190 175 DPR $\qquad$
Número del Caso: TS-4446 TS-7665 TS-9376 TS-11378 TS-12831 TS-16016 (Cons.)
Fecha: 31 de octubre de 2008
Colegio de Abogados de Puerto Rico: Lcdo. José M. Montalvo Trías Director Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional
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