Partes:
IN RE: PEDRO A. ROLDOS MATOSARCELIO MALDONADO AVILESLILLIANETTE CORTES SOTOEDGARDO LUIS LLORENS VALEDON
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
AB-2001-211CONS. AB-2001-232AB-2001-217
Año:
2004
Fecha:
17 de diciembre de 2004
El Tribunal Supremo de Puerto Rico evalúa la conducta profesional de varios abogados de la Sociedad para Asistencia Legal. El caso surge a raíz de la incomparecencia de estos abogados a vistas judiciales señaladas entre agosto y septiembre de 2001. Las ausencias ocurrieron mientras los abogados participaban en una huelga obrero patronal. No comparecieron a procedimientos relacionados con casos de clientes que habían asumido antes del decreto de huelga. El Tribunal examina si esta conducta violó sus deberes éticos hacia el tribunal y la buena marcha del proceso judicial. Se invoca el Código de Ética Profesional y el poder inherente del Tribunal para reglamentar la abogacía. La decisión busca determinar la adecuación del proceder de los abogados en el contexto de una huelga y sus obligaciones profesionales. Se presenta la queja contra el Lcdo. Pedro A. Roldós Matos como uno de los casos consolidados.
| In re: | Queja |
|---|---|
| Pedro A. Roldós Matos | 2004 TSPR 40 |
| Arcelio Maldonado Avilés | |
| Lillianette Cortés Soto | 160 DPR |
| Edgardo Luis Lloréns Valedón |
Número del Caso: AB-2001-211 Cons. AB-2001-232 AB-2001-217
Fecha: 17 de marzo de 2004
Oficina del Procuradora General: Lcda. Noemí Rivera de León Procuradora General Auxiliar
Abogados de la Parte Querellada: Lcdo. José E. Carreras Rovira Lcdo. José J. Nazario de la Rosa Lcdo. Juan Santiago Nieves Lcdo. Edgardo Luis Lloréns Valedón
Materia: Conducta Profesional
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