Partes:
In re: Frank M. Rosa Rivera
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional: Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por desatender los requerimientos del Tribunal Supremo y la Oficina de Inspección de Notarías.
Número de Caso:
TS-18,970
Año:
2021
Fecha:
19 de febrero de 2021
El Tribunal Supremo de Puerto Rico suspendió al abogado Frank M. Rosa Rivera del ejercicio de la abogacía. Esta acción se debe a su reiterado incumplimiento con órdenes previas del tribunal. Anteriormente, había sido suspendido del ejercicio de la notaría por no subsanar deficiencias en su obra protocolar de 2016 y no presentar los Índices de Actividad Notarial Mensual adeudados, a pesar de las oportunidades concedidas por la Oficina de Inspección de Notarías. El Tribunal le había otorgado un término de sesenta días para corregir estas deficiencias a su costa y le apercibió que el incumplimiento podría acarrear sanciones severas, incluyendo la suspensión de la abogacía. El Lcdo. Rosa Rivera no cumplió con este término ni se comunicó con la ODIN para coordinar la subsanación. En consecuencia, el Tribunal ordenó su suspensión del ejercicio de la abogacía, efectiva el 19 de febrero de 2021. El documento también menciona un trámite disciplinario pendiente contra el abogado.
| In re: | |
|---|---|
| 2021 TSPR 18 | |
| Frank M. Rosa Rivera | 206 DPR |
Número del Caso: TS-18,970
Fecha: 17 de febrero de 2021
Oficina de Inspección de Notarias: Lcdo. Manuel E. Ávila de Jesús Director
Materia: La suspensión será efectiva el 19 de febrero de 2021, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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