Partes:
In re: Luis R. Mendoza Ramírez
Ponente:
Per Curiam
Materia:
Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida de la abogacía y la notaría por incumplir con requerimientos del Tribunal
Número de Caso:
AB-2006-283 cons. AB-2012-314 (Ref. CP-2011-17)
Año:
2013
Fecha:
14 de marzo de 2013
El Tribunal Supremo de Puerto Rico consolidó dos querellas contra el licenciado Luis R. Mendoza Ramírez, referidas por la Oficina de Inspección de Notarías y la Comisión de Ética del Colegio de Abogados. El letrado, admitido en 1979, enfrentó alegaciones de incumplimiento con los requerimientos del Tribunal y manejo inadecuado de un caso de partición de herencia de un cliente. Específicamente, un cliente se quejó de que el abogado no presentó escrituras en el Registro de la Propiedad por más de año y medio y carecía de comunicación. Aunque el abogado negó estas alegaciones específicas y afirmó que los documentos fueron presentados, el Tribunal señaló su reiterado incumplimiento con sus requerimientos durante el proceso. Esta decisión Per Curiam aborda las querellas consolidadas. El documento indica que se ordenó una suspensión. La suspensión se hizo efectiva el 21 de marzo de 2013, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
| In re: | 2013 TSPR 35 |
|---|---|
| Luis R. Mendoza Ramírez | 188 DPR |
Número del Caso: AB-2006-283 Cons. AB-2012-314 (Ref. CP-2011-17)
Fecha: 14 de marzo de 2013
Abogado de la parte querellada: Por derecho Propio
Colegio de Abogados de Puerto Rico Lcda. María de Lourdes Rodríguez
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Lourdes Quintana Llorens Directora Lcda. María D. Ríos Díaz Directora Auxiliar
Materia: Conducta Profesional - La suspensión será efectiva el 21 de marzo de 2013, fecha en que se le notificó al abogado de su suspensión inmediata.
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